Con 70 votos en favor y 39 en contra, el pleno del Senado avaló en lo particular la reforma a la ley de amparo.
Limitará la suspensión provisional, el interés legítimo y ninguna decisión fiscal podrá ser frenada hasta que concluya en definitiva el juicio.
Legisladores de Morena señalan que “no se tocan los derechos colectivos ni individuales” lo que evita es que se usen amparos como recurso para dilatar sentencias firmes, principalmente en materia fiscal, con lo que se impide que quienes han sido condenados evadan el cumplimiento de la justicia.
La oposición lo llama la Ley del Desamparo porque deja sin defensa a los ciudadanos. Fue una larga discusión sobre el tema que al final fue avalado por la mayoría.
El documento establece que el juicio de amparo, ahora tendrá plazos para su otorgamiento y podrá solicitarse de forma digital, haciéndolo más ágil y cercano a la ciudadanía. Además, se evita su uso indebido para retrasar el pago de deudas fiscales, con esto se protege a la hacienda pública, argumentaron senadores de Morena.
La reserva presentada por el morenista Manuel Huerta establece que los juicios de amparo que se encuentren en trámite continúen desahogándose conforme la nueva ley, algo que ya se había quitado en comisiones; es decir, aplicar la ley de manera retroactiva.
La iniciativa original permitía a las autoridades declararse imposibilitadas de cumplir las sentencias, pero ante críticas de impunidad, “ratificamos que las sentencias de amparo son plenamente obligatorias”.