jueves, 16 de octubre del 2025

Cancún.- El juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Quintana Roo determinó que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) ha sido omisa, al no dar seguimiento a su clausura al desarrollo “Adamar” en la bahía Solimán de Tulum, por lo que le ordena que garantice que ese hábitat sea regresado a su estado original, lo que implica la demolición de esa obra.

Mónica Huerta, integrante de la asociación civil “Derecho a un Medio Ambiente Sano”, explicó que esta sentencia, en respuesta a un recurso de amparo interpuesto por un ciudadano de Tulum, sienta un precedente que permite que otras personas puedan exigir a las autoridades a que cumplan con su deber en la defensa ambiental.
El desarrollo “Adamar”, que inició construcción en la clandestinidad, fue clausurada por la Profepa en 2024, pese a lo cual esa obra ha mantenido su avance y hoy ya tiene siete niveles edificados. La empresa responsable, ““Desarrollos Tulum Dieciséis, S.A.P.I. de C.V.” no acató el resolutivo de esta agencia para restaurar la zona a su condición original, ni pagó las dos multas impuestas, por un millón y 400 mil pesos.
La activista señaló que aunque la Profepa alegó que había cumplido con sus funciones, al emitir un resolutivo, el juez determinó que había una omisión, al indebidamente delegar el cumplimiento del mismo a la empresa, sin debida verificación.
Ahora, esta agencia deberá exigir el pago de las multas y constatar que se rehabilite el área de 731 metros cuadrados a su estado original. Aunado a ello, toca ingresar una denuncia penal por delitos ambientales, en la que la Profepa debe dar seguimiento como coadyuvante de la Fiscalía.
Todavía se está en el lapso de 10 días en el que la Profepa puede presentar un recurso de revisión. La empresa fue notificada de este proceso, pero no acudió ni presentó algún escrito, por lo que la activista señaló que ya no tienen posibilidad de inconformarse.
Este fallo, aseveró, sienta un importante precedente, pues establece que el derecho constitucional a un medio ambiente sano significa que las autoridades deben actuar de manera inmediata y efectiva cuando exista un riesgo de daño ambiental grave e irreversible, sin poder escudarse en trámites o en alegar que hubo una falta de acción por parte de la parte infractora.
“Sus resoluciones deben ser cumplidas”, enfatizó Mónica Huerta. “No basta con imponer clausuras o multas”. (SIM)